Cómo estructurar un contrato de compraventa entre dos pequeñas empresas en España
- Rafael López-Diéguez Piñar

- 16 jun
- 4 Min. de lectura

En el ámbito del tráfico mercantil español, la compraventa de empresas constituye una operación frecuente, incluso entre entidades cuyos volúmenes de facturación no superan el umbral de los tres millones de euros anuales. Pese a que estas transacciones pueden aparentar una relativa simplicidad, la ausencia de estructuras profesionalizadas en las partes intervinientes puede generar complejidades sustanciales durante el proceso negociador. No obstante, el factor determinante reside en la voluntad inequívoca de las partes de culminar la operación, siendo este impulso inicial el que permite superar eventuales obstáculos y alcanzar acuerdos jurídicamente vinculantes.
1. Due Diligence como Presupuesto Indispensable
Con carácter previo a la formalización del contrato, resulta imperativo llevar a cabo un proceso de due diligence, aunque este sea de carácter básico. Dicha investigación permite al adquirente evaluar la situación financiera, jurídica y operativa de la empresa objeto de transmisión, identificando potenciales riesgos y contingencias que pudieran afectar a la valoración del negocio. Este ejercicio de transparencia precontractual no solo constituye una garantía para el comprador, sino que además sienta las bases para una toma de decisiones fundamentada, evitando así disputas posteriores derivadas de omisiones o inexactitudes en la información proporcionada.
2. Delimitación del Objeto Contractual
Una vez superada la fase de due diligence, resulta esencial definir con precisión el objeto sobre el que recae la compraventa. Este puede comprender tanto activos tangibles (maquinaria, existencias, inmuebles) como intangibles (propiedad intelectual, contratos en curso, licencias administrativas). Una delimitación clara y exhaustiva del alcance de la transmisión evita malentendidos entre las partes y asegura la seguridad jurídica del negocio juridico.
3. Criterios de Valoración y Determinación del Precio
La fijación del precio debe regirse por principios de equidad y transparencia, sustentándose en datos objetivos tales como estados financieros auditados, inventario de activos y pasivos, así como proyecciones económicas razonables. En este aspecto, resulta crucial prescindir de consideraciones subjetivas o sentimentales, las cuales carecen de relevancia jurídica a efectos de determinar el valor de mercado. Asimismo, debe tenerse presente que la valoración de un negocio está sujeta a las leyes de la oferta y la demanda, pudiendo verse influenciada por factores exógenos al desempeño intrínseco de la empresa.
4. Estipulaciones en Materia de Pago y Garantías
El contrato debe establecer de manera inequívoca las condiciones de pago, incluyendo el precio total, los plazos de ejecución y, en su caso, los mecanismos de ajuste en función de resultados futuros. Adicionalmente, resulta imprescindible incorporar cláusulas de garantía que cubran eventuales contingencias, tales como deudas no declaradas, litigios pendientes o incumplimientos contractuales por parte del vendedor. Estas previsiones operan como mecanismos de protección recíproca, mitigando el riesgo asociado a la operación.
5. Pacto de No Competencia y Plan de Transición
Es práctica habitual incluir en estos contratos cláusulas de no competencia, mediante las cuales el vendedor se obliga a abstenerse de iniciar actividades análogas en un ámbito geográfico y temporal determinado. Paralelamente, se recomienda la implementación de un plan de transición que garantice la continuidad operativa del negocio, pudiendo contemplar, entre otros aspectos, la permanencia temporal del equipo directivo o la asistencia técnica post-venta.
6. Límites en la Cobertura de Riesgos
Si bien el contrato debe prever la mayor cantidad de supuestos posibles, es materialmente imposible cubrir todas las eventualidades. En operaciones de reducida cuantía, la implementación de garantías complejas (como depósitos en custodia o pólizas de seguro) puede resultar desproporcionada en términos de coste-eficacia. En tales casos, las partes deben encontrar un equilibrio razonable entre la protección de sus intereses y la viabilidad económica de la transacción.
7. Consideraciones Post-Contractuales
Una vez perfeccionada la compraventa, la empresa resultante enfrentará desafíos inherentes a su nueva dimensión. Firmas como RLD, especializadas en asesoramiento corporativo, no solo facilitan la operación, sino que acompañan a la nueva empresa en su crecimiento, ayudándola a profesionalizarse, estructurarse y prepararse para nuevos desafíos.
8. Relevancia del Factor Laboral
El capital humano constituye, sin duda, el activo más valioso en cualquier operación de esta naturaleza. La estabilidad y el compromiso del equipo trabajador son determinantes para el éxito de la empresa consolidada. En este sentido, resulta crucial alinear los intereses de todos los socios, fomentando una cultura organizacional orientada a la creación de valor compartido.
9. Variaciones en Función del Perfil de las Partes
Cuando la operación involucra a entidades de mayor envergadura o con estructuras profesionalizadas, el proceso negociador adquiere un grado de sofisticación superior, requiriendo la intervención de equipos multidisciplinares (legales, financieros, técnicos). No obstante, incluso en transacciones de menor cuantía, la experiencia previa de alguna de las partes puede exigir un mayor nivel de rigor en la elaboración del contrato. Por ello, la asistencia letrada especializada se erige como una inversión necesaria para asegurar la solidez jurídica de la operación.
En definitiva, la correcta estructuración de un contrato de compraventa interempresarial exige no solo un conocimiento profundo de la normativa aplicable, sino también una visión estratégica que permita anticipar y gestionar los riesgos inherentes a este tipo de operaciones. La intervención de asesores jurídicos especializados en derecho mercantil resulta, en este contexto, un factor crítico para el éxito de la transacción.

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